Estatutos de la Union
El marco juridico de nuestra organizacion
Estatutos de la Agrupacion Europea de Interes Economico
Los estatutos de la Union definen los fundamentos juridicos, las estructuras y los principios operativos de la AEIE de los Senadores conforme al Reglamento del Consejo (CEE) n.o 2137/85.
Base juridica
Basado en el Reglamento CEE n.o 2137/85
Derechos de los miembros
Derechos y obligaciones claramente definidos de todos los miembros
Estructura organizativa
Estructuras transparentes de liderazgo y toma de decisiones
Proposito y actividades
Fomento de la cooperacion economica en Europa
Regimen de responsabilidad
Disposiciones especiales para la proteccion de los miembros
Gobernanza
Procesos eficaces de administracion y toma de decisiones
Fundacion
La Agrupacion Europea de Interes Economico de los Senadores se funda conforme al Reglamento del Consejo (CEE) n.o 2137/85 sobre la Agrupacion Europea de Interes Economico (AEIE). La AEIE adquiere plena capacidad juridica en toda la Comunidad Europea con la inscripcion en el registro competente.
Proposito de la Union
El proposito de esta AEIE es facilitar y desarrollar las actividades economicas de sus miembros, mejorar e incrementar los resultados de estas actividades mediante la cooperacion y coordinacion en el ambito del desarrollo economico europeo.
La AEIE sirve como empresa auxiliar para apoyar a los miembros en la consecucion de sus propios objetivos economicos. No esta orientada a la obtencion de beneficios propios, sino al fomento de los resultados economicos de sus miembros.
Disposicion especial: La Union no puede contraer deudas ni asumir obligaciones, hipotecas o prestamos. Solo puede utilizar los medios financieros efectivamente disponibles.
Actividades
La AEIE realiza actividades auxiliares a las actividades economicas de sus miembros, incluyendo, pero no limitandose a:
- Facilitacion de la cooperacion empresarial entre naciones europeas
- Fomento de iniciativas de desarrollo economico
- Prestacion de servicios de asesoria y consultoria estrategica
- Organizacion de conferencias y eventos de networking
- Investigacion y desarrollo en cooperacion economica
- Apoyo en los ambitos de economia, ciencia, cultura y social-humanitario
Membresia
La membresia esta abierta a personas fisicas y juridicas que participen en actividades economicas y sean nacionales de Estados miembros de la Union Europea o esten establecidas en ellos.
En la constitucion de una AEIE debe existir una conexion transfronteriza, es decir, una vinculacion de los miembros con al menos dos Estados miembros diferentes.
Derechos de membresia:
- Cada miembro tiene normalmente un voto
- Participacion en la asamblea de miembros
- Acceso a los servicios y recursos de la AEIE
- Posibilidad de contribuir a la configuracion de la Union
Miembros asociados: Los miembros de terceros paises (fuera de la UE) pueden ser admitidos como miembros asociados. Tienen derechos y obligaciones especiales regulados en los estatutos.
Direccion
La AEIE es dirigida por sus miembros o por uno o varios directores nombrados por los miembros. La estructura de liderazgo debe garantizar procesos eficaces de gobernanza y toma de decisiones.
Los asuntos de la AEIE son gestionados por una o varias personas fisicas designadas por el contrato de fundacion o por decision de los miembros.
Organos de direccion:
- El presidente: Representa a la AEIE externamente y dirige los asuntos corrientes
- La presidencia: Asesora y apoya al presidente en cuestiones estrategicas
- Los senadores: Representan a los miembros y sus intereses
El director representa y compromete a la AEIE frente a terceros, incluso si sus actos no corresponden al objeto social de la agrupacion.
Sede y registro
La sede de la AEIE debe estar situada en el Espacio Economico Europeo (EEE). Puede trasladarse dentro de la Comunidad bajo determinadas condiciones (entre otras, decision unanime).
La AEIE debe inscribirse en el registro previsto para ello por cada Estado miembro. La inscripcion confiere a la AEIE plena capacidad juridica en toda la Comunidad.
En cada constitucion o disolucion de una AEIE deben publicarse los detalles en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
Cuentas anuales y contabilidad
Los directores estan obligados a velar por la contabilidad adecuada de la agrupacion y a elaborar las cuentas anuales.
Disposicion especial para nuestra Union: La Union esta registrada como "organizacion no economica". La contabilidad y el cierre estan regulados por el articulo 7 de las cuentas anuales de los estatutos de la Union.
Responsabilidad de los miembros
En principio, los miembros de una AEIE responden de forma ilimitada y solidaria por sus obligaciones conforme al art. 24 del Reglamento (CEE) n.o 2137/85. Esto se produce en forma de "responsabilidad subsidiaria", es decir, primero responde la AEIE como tal y despues los miembros.
Disposicion especial de responsabilidad de nuestra Union:
Se excluye la responsabilidad de los miembros, ya que nuestra Union de los Senadores solo puede utilizar los medios financieros efectivamente disponibles y no puede contraer obligaciones (deudas).
Esta disposicion protege a los miembros de riesgos financieros y asegura que la Union opere unicamente dentro de sus medios disponibles.
Bases juridicas
Estos estatutos de la Union se basan en las siguientes bases juridicas:
- Reglamento (CEE) n.o 2137/85 del Consejo sobre la Agrupacion Europea de Interes Economico (AEIE)
- Ley alemana de ejecucion de la AEIE del 22 de abril de 1982
- Escrito del BMF del 15.11.1988 - IV C5 - S1316 67/88
Debido a la jerarquia normativa, el Reglamento de la AEIE constituye derecho de rango superior frente a las disposiciones alemanas de ejecucion.
Documentos oficiales
Descargue los estatutos completos de la Union y demas documentacion juridica para obtener informacion detallada sobre nuestra estructura organizativa y disposiciones.